En el momento del cese de actividad hay que darse de baja tanto de Hacienda como de la Seguridad Social.
El cese no implica coste alguno. Se puede utilizar el mismo modelo que en el alta de Hacienda, el formulario 036.
Algunas personas que no facturan todos los meses, sólo se dan de alta en la Seguridad Social el mes que van a cobrar debido a que el pago es mensual.
Información elaborada por Enrique Bravo.